Sentencias justas y rápidas como consecuencias de un adecuado saneamiento procesal
Abstract
La norma procesal civil consagra la Institución del Saneamiento Procesal en el
artículo 465 del C.P.C, con el cual el Juez una vez efectuado el control de validez del
proceso declarará la existencia de una relación jurídica procesal válida; por ello se
planteó como problema ¿Cuál es la eficacia de la Institución del Saneamiento Procesal
en su aplicación por parte del Juez para lograr una sentencia justa y rápida en el Distrito
Judicial de Junín en los años 2006-2013?; teniendo como objetivo: Corroborar la
eficacia de la Institución del Saneamiento Procesal y determinar su correcta aplicación
por parte de los jueces del Distrito Judicial de Junín en su afán por lograr una sentencia
justa y rápida durante los años 2006-2013; la investigación es de tipo Básico; y un
Nivel Explicativo; los resultados indican que la institución del Saneamiento Procesal
es ineficaz por la mala aplicación e inaplicación por parte del juez dando como
consecuencia la existencia de resoluciones injustas y procesos lentos en el Distrito
Judicial de Junín en los años 2006 - 2013.