La interpretación jurídica entre el artículo 340° del Código Civil con el 76° del Código del Niño y Adolescente Peruano
Fecha
2023-07-10Autor(es)
Camarena Hurtado, Prescila
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Mostrar el registro completo del ítemResumen
La presente investigación tuvo como la pregunta general de investigación
fue: ¿De qué manera se desarrolla la interpretación jurídica entre el artículo 340°
del Código Civil con el 76° del Código del Niño y Adolescente?, como objetivo
general fue analizar la manera en que se desarrolla la interpretación jurídica entre
el artículo 340° del Código Civil con el 76° del Código del Niño y Adolescente
peruano, y como hipótesis general fue: “La interpretación jurídica entre el artículo
340 del Código Civil con el 76 del Código del Niño y Adolescente peruano se
desarrolla de manera negativa”, por tal motivo, es que nuestra investigación guarda
un método de investigación de enfoque cualitativo teórico, utilizando un método
general denominado la hermenéutica, asimismo presenta un tipo de investigación
propositiva jurídica, con un nivel explicativo y un diseño observacional, de ahí, la
investigación por su naturaleza, utilizará la técnica del análisis documental y ser
procesados mediante la argumentación jurídica a través de los instrumentos de
recolección de datos como la ficha textual y de resumen que se obtengan de cada
texto con información relevante. El resultado más importante fue: La aplicación de
la patria potestad está conformado derechos y deberes debe acompañarse de otros
criterios y principios como el interés superior del niño, a fin de procurar que sus
decisiones que los involucren beneficien su proceso evolutivo. La conclusión más
relevante fue: La interpretación jurídica sistemática entre los artículos 340° y 76°
es negativa, pues, el primero promueve solo la tenencia exclusiva, aun cuando esta
no resulta ser la opción más idónea porque no todos los casos son iguales:
Finalmente, la recomendación fue: Modificar el art. 340° del Código Civil.
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- Derecho [1400]