Responsabilidad penal de los particulares como cómplices en el delito de colusión
Resumen
En estos últimos años la estructura de la sociedad, particularmente las instituciones
públicas, se ven afectadas porque los agentes del estado, durante su relación con los extraños,
en los contratos administrativos, donde llegan a coludirse con la única finalidad de afectar el
patrimonio del estado. Existe el antecedente normativo del Artículo 26 del Código Penal, que
en determinando momento bajo la premisa de la teoría de la incomunicabilidad de las
circunstancias, indirectamente encaminaba a la vigencia de la teoría de la ruptura de la
imputación. No obstante, fue histórica el papel que desempeñaron los jueces, quienes acorde
con el principio de legalidad, pusieron férrea resistencia, buscando la vigencia del funcionalismo
moderno, bajo la luz de la teoría de la unidad del título de imputación. El objetivo de la presente
investigación está encaminado a ver la responsabilidad penal de los particulares, como
cómplices en el delito de colusión, se determina con la unidad de la imputación en las sentencias
emitidas por el Juzgado Penal Unipersonal de Huancayo, en el año 2022. Donde nuestro enfoque
de investigación fue dual o mixto; pues se utilizó el enfoque cuantitativo para realizar el análisis
de tablas estadísticas y el enfoque cualitativo, utilizamos el coeficiente de Alfa Crombach; por
las encuestas realizadas, demostrando así la hipótesis propuesta. En cuanto a la nueva línea de
intervención, es importante señalar el daño al patrimonio del Estado como una posibilidad
abierta para una mayor investigación, en la medida que resulta difícil efectuar los pagos de
reparación derivados de los delitos de colusión, cuando representan cantidades significativas.
Materias
Colecciones
- Ciencias Penales [63]