Vulneración del secreto médico profesional en el artículo 30 de la ley 26842 en la jurisprudencia de la Corte IDH.
Fecha
2021-01-05Autor(es)
Figueroa Huamán, Dalia Paola
Gamarra Villagaray, Kevin Hernán
Metadatos
Mostrar el registro completo del ítemResumen
En la presente investigación se desarrolló el secreto médico como derecho y deber de los médicos y por otro lado el secreto médico como derecho de los pacientes. Teniendo como objetivo general, analizar y explicar de qué manera el artículo 30 de la Ley 26842 influye en el secreto médico profesional del médico en la Jurisprudencia de la Corte IDH., de allí que, nuestro problema general de investigación fue el siguiente: ¿De qué manera el artículo 30 de la Ley 26842 influye en el secreto médico profesional del médico en la Jurisprudencia de la Corte IDH?; a razón de que la violación del secreto médico, no es solo una violación a las normas de ética, sino también es la transgresión de los derechos humanos, como el derecho a la intimidad, a la salud y a la vida que posee toda persona y más cuando se encuentre en situación vulnerable como en calidad de paciente. Es por ello, que la Corte IDH se pronunció sobre el derecho de los médicos al secreto profesional referente al caso De la Cruz Flores, al acto médico y su no penalización. Se analizó los argumentos de la Corte, para buscar garantizar el derecho de los profesionales de la salud al Secreto médico y la naturaleza vinculante de dicha ratio decidendi para nuestro país. Es por ello, que nuestra investigación guarda un método de investigación de análisis y síntesis, utilizamos métodos Específicos denominados: método Hermenéutico, al ser por esencia interpretativa y que se da dentro de la investigación jurídica y el método Exegético. Asimismo, presenta un tipo de investigación básica, con un nivel de investigación básicamente descriptivo, a su vez exploratorio y un diseño descriptivo simple, por ese motivo es que se utilizó las técnicas y recolección de datos de la observación directa, análisis de documentos y fichas de observación. Se tuvo como conclusión principal que el artículo 30 de la LGS, vulnera el secreto médico y limita
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las funciones de los profesionales, al mostrarse imperativamente sobre los médicos, quienes deberán de brindar información a las autoridades, y de ocurrir lo contrario sería sancionado con pena privativa de su libertad.
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