Liquidación Financiera de Obra Pública y la Modalidad de Administración Directa en la Municipalidad Distrital de Paucartambo - Pasco - Pasco
Resumen
El responsable de la liquidación financiera de obra, tiene como objetivo determinar el precio real de la ejecución de obra, procesando el trabajo de la siguiente forma; el consultor de la liquidación financiera debe ser contador colegiado habilitado, requiere un contrato u orden de servicio por el ente local, seguidamente el consultor deberá verificar sin existe 4 requisitos fundamentales para poder liquidar el proyecto: a) Expediente Técnico (físico) b) Cuaderno de Obra original c) Acta de Recepción de Obra d) Obra en físico insitu. Es posible liquidar técnica y financieramente cuando existen dichos requisitos, se basa legalmente en la ejecución y liquidación de obra por administración directa la resolución N° 195-88-CG, de fecha 18 de julio de 1988.
Posteriormente se procesa la liquidación financiera de obra, solicitando al área de presupuesto y planeamiento; la meta y el marco presupuestal vs el devengado del periodo en que se ha ejecutado, este reporte se tiene mediante el software del (Siaf), asimismo se solicita al área de contabilidad el reporte financiero del ejecutado de obra en la fase (P), igualmente del (Siaf) y se solicita al área de tesorería la copia de los comprobantes de pago recopilados para el fille de liquidación, se considera en los reportes la fuente de financiamiento, el rubro, todo el detalle de cada comprobantes de pago, el monto de cada uno y sus clasificadores de gasto del periodo y otros.
Es base fundamental el presupuesto analítico del expediente técnico, aprobado por acto resolutivo por el ente local, para que en un proceso aritmético deduce con el presupuesto ejecutado dejando así el saldo de obra si hubiera Ejm; Presupuesto Aprobado (-) Presupuesto Ejecutado = saldo, tiene que darse menor o igual al presupuesto base; asimismo se solicita la copia del fille de obra al área de supervisión y liquidación de obras, mediante una carta externa del consultor, en el fille de obra encontramos la resolución de aprobación y presupuesto del expediente técnico, la pre-liquidación técnica financiera de obra, los comprobantes de pago y su fille de cada uno y otros. Una vez
recopilado todo el acervo documentario técnico-financiero de obra, se fotocopia y se arma un fille de ambos, para la liquidación de la obra, se concilia y se consolida los reportes financieros presupuestarios y contables del (Siaf), con los comprobantes de pago en físico con el fille de documentos fuente, de los desembolsos de la ejecución de la obra, en una fase de (D) devengado con las conformidades correspondientes de cada encargado de área, en acuerdo si el bien, servicio, consultoría y pagos directo de planilla sean conformes administrados dirigidos y controlados por el residente de obras y ratificados por el supervisor de obra.
Se realiza los cuadros analíticos generales y específicos, llegando a consolidar el gasto total según el (Siaf) y los Comprobantes de Pago, además se realizará una memoria descriptiva histórica del proceso de la ejecución y liquidación de obra final, se adhiere las cuentas contables, tanto de la elaboración expediente técnico como de la liquidación de obra ejecutada.
Información adicional, para realizar una liquidación de obra se tiene 03 procesos anteriores, como:
1.- Proyecto de Inversión Aprobado 2.- Expediente Técnico Aprobado 3.- Ejecución de Obra en físico
Una vez culminado todo escrito líneas arriba, se de las aprobaciones de las diferentes áreas como la Sub Gerencia de Liquidación-Supervisión de Obras y el área de Contabilidad, mediante una resolución aprobatoria, de ahí pasa al área de Alcaldía para que emita una resolución final de aprobación del servicio de consultoría de la liquidación técnica financiera de obra, Por ende, la retribución económica al consultor por su servicio brindado.
Concisamente es todo respecto a las Liquidaciones Financieras de Obras Públicas.