El grado de intervencion delictiva del extraneus para la configuracion del delito de colusion en la legislacion peruana
Fecha
2024-03-11Autor(es)
Moran Pimentel, Cris
Salas Yancan, Klhalil Eduardo
Metadatos
Mostrar el registro completo del ítemResumen
La investigación partió del problema general: ¿De qué manera el grado de
intervención delictiva del extraneus incide en la configuración del delito de colusión
en la legislación peruana?, objetivo general fue: Determinar que el grado de
intervención delictiva del extraneus incide en la configuración del delito de colusión
en la Legislación Peruana. La metodología aplicada fue cualitativa - dogmática
jurídica de corte propositivo y postura epistemológica iuspositivista, metodología
paradigmática: teórica – jurídica, diseño paradigmático: argumentación y
hermenéutica jurídica; escenario de estudio: ordenamiento jurídico nacional;
caracterización de sujetos: artículo 384° del Código Penal; técnica aplicada:
análisis de contenido documental e instrumento: fichas. El resultado fue: el
extraneus es autor del delito de colusión en su modalidad simple y agravada por
considerarse su intervención delictiva como necesaria para configurar el delito de
colusión como delito de encuentro. La conclusión es: El extraneus tiene
intervención delictiva necesaria en grado de autor para la configuración del delito
de colusión como delito de encuentro. La recomendación fue: Incorporar el
artículo 384-A°, para prescribir la autoría del extraneus, quien será considerado
autor no cualificado del delito de colusión activa en su modalidad simple y
agravada, y mediante el artículo 384° se regule el delito de colusión pasiva, donde
el intraneus sea considerado autor cualificado de este delito en su modalidad simple
y agravada.
Materias
Colecciones
- Derecho [1293]