La obligatoria garantía para la gestión de los apoyos y su designación facultada para una representación o varias en Perú
Fecha
2024-09-24Autor(es)
Canchumani Mata, Dioselin Veronica
Poma Ricci, Ingrid Flor
Metadatos
Mostrar el registro completo del ítemResumen
La presente tesis tiene como problema general ¿De qué manera se
relaciona la obligatoria garantía para la gestión de los apoyos con su designación
facultada para una representación o varias en Perú?, de ahí que, el objetivo general
de investigación fue: analizar la manera en que se relaciona la obligatoria garantía
para la gestión de los apoyos con su designación facultada para una representación
o varias en Perú, y la hipótesis general: La obligatoria garantía para la gestión de
los apoyos se relaciona de manera positiva con su designación facultada para una
representación o varias en Perú; por ello, la presente guarda un método de
investigación de enfoque cualitativo teórico, utilizando como método general a la
hermenéutica, asimismo presenta un tipo de investigación propositiva jurídica,
una postura epistemológica iuspositivista, asimismo utilizó la técnica del análisis
documental y ser procesados mediante la argumentación jurídica a través de los
instrumentos de recolección de datos como la ficha textual y de resumen que se
obtengan de cada texto con información relevante. El resultado más importante
fue: que las garantías personales recaen sobre personas, mientras que, las reales
recaen sobre bienes, ambas responden cuando la contraprestación del deudor no
está satisfecha, siendo que, los apoyos no están obligados a presentar ningún tipo
de garantía. La conclusión más relevante fue: Cuando se les asigna facultades de
representación a los apoyos se les debería exigir como requisito previo la
constitución de una garantía hipotecaria o de fianza que asegure el cumplimiento
de una gestión eficiente por parte del apoyo. Finalmente, la recomendación fue:
Modificar el artículo 659-H del Código Civil.
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- Derecho [1446]