El derecho de alimentos en las familias ensambladas para los hijos afines, en la Legislacion Civil Peruana
Fecha
2023-07-24Autor(es)
Chancasanampa Aponte, Jeny Elvira
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Mostrar el registro completo del ítemResumen
El objeto del presente trabajo es demostrar que al amparo del artículo 4 de la
Constitución Política del Perú, es factible la provisión de derechos y deberes
especiales a favor de la familia agregada; considerando la supremacía en el artículo
anterior que reconoce a la familia como una institución natural, independientemente
de que se origine en un matrimonio o unión doméstica, o si se trata de un hogar
combinado, nuclear, monoparental, entre otros tipos de hogares. El problema
general de la presente es: ¿de qué manera se debe regular el derecho de alimentos
en las familias ensambladas para los hijos afines, en la legislación civil peruana?,
siendo su objetivo general: determinar de qué manera se debe regular el derecho de
alimentos en las familias ensambladas para los hijos afines, en la legislación civil
peruana. El supuesto general planteado fue que: el derecho de alimentos en las
familias ensambladas para los hijos afines se debe regular de forma taxativa en la
legislación civil peruana, a fin de tutelar el bienestar del alimentista. Los métodos
generales que se utilizaron fueron el método inductivo y deductivo, siendo su tipo
de investigación la de carácter básico, el nivel de investigación es de tipo
explicativo, de diseño de investigación no experimental. Como conclusión de la
presente investigación: se ha determinado que el derecho de las familias
reconstituidas a la pensión alimenticia de los hijos de los familiares debe ser
estrictamente regulado a fin de proteger el bienestar de los titulares del derecho.
Nuestra legislación actual no contempla reglas que permitan a los socios tener
expectativas claras de sus derechos y obligaciones, particularmente en las
relaciones entre cónyuge o pareja de hecho e hijos de la otra parte, más allá de
definir la resolución de los diversos conflictos que puedan surgir entre las partes
Viviendas y antiguos núcleos habitacionales reunidos fuera del esquema.
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- Derecho [1400]