Implementación de la ley 31131 - Contrato Cas, con la incorporación al régimen laboral permanente, Municipalidad de San Miguel- 2021
Abstract
El estudio abordó literaturas, leyes, decretos que involucraron a la interrogante: ¿De
qué manera se relaciona la implementación regulativa 31131 – Contrato CAS- al
ser agregada al régimen laboral permanente “Municipalidad de San Miguel” –
2021? Acordó el objetivo general: Instituir la relación entre la implementación de
la Ley 31131 – Contrato CAS, con la incorporación al régimen laboral permanente
en la Municipalidad de San Miguel – 2021.
La misma para recoger la información y lograr resultados aparentes con su fin, hizo
uso del método cuantitativo (..), inductivo bajo las exigencias de paradigmas
metodológicos de tipo básicos, de una manera descriptiva de conformidad al nivel,
encuestó a 50 empleados públicos de la Municipalidad de San Miguel. Mediante el
SPSS- 25, se demostró una brecha significativa entre la implementación legislativa
- 31131 – Contrato CAS, al ser agregada al régimen laboral permanente en la
mencionada Municipalidad. Entre sus conclusiones detalló:
También, se observó una fluctuación negativa e inversamente proporcional de -
0.582, indicando este valor que en la medida que aumenta la implementación de la
Ley 31131 – Contrato CAS, automáticamente disminuye la incorporación al
régimen laboral permanente de los empleados en la Municipalidad previamente
indicada. Generando este proceso titánico de aplicación y reconocimiento de la ley
cierto descontento laboral que se traduce en discriminación de los derechos
plasmados en nuestra constitución nacional. La totalidad de los consultados
concluyeron que el nuevo régimen laboral infringe los derechos públicos siente que
no existe diferencia alguna entre las condiciones laborales que establecen ambos
regímenes ley, 31131 y los contratos CAS. Acerca de sugerimos: Es importante que
el Estado peruano a través de sus legisladores se planteen la elaboración de un texto
único en materia laboral y del trabajo que abarque ambos sectores sin
discriminación y en igualdad de oportunidades para todos los trabajadores de este
país.
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- Derecho [1342]