La regulación normativa del derecho los padres afines al régimen de visitas en las uniones de hecho propias, en el ordenamiento jurídico peruano
Abstract
El tema plantado aborda un tema esencial y fundamental, por el cual se ha desarrollado
todo un análisis dogmático de las instituciones jurídicas identificadas, tomando en
cuenta aspectos materiales como el derecho de los padres a visitar a los denominados
hijos afines, así como haber realizado toda una valoración dogmática de los derechos
del menor.
El problema general de la presente es: ¿De qué manera debe reconocerse el derecho
los padres afines al régimen de visitas en las uniones de hecho propias, en el
ordenamiento jurídico peruano?, siendo su objetivo general: determinar de qué manera
debe reconocerse el derecho los padres afines al régimen de visitas en las uniones de
hecho propias, en el ordenamiento jurídico peruano. La hipótesis general planteada
fue que: el derecho los padres afines al régimen de visitas debe reconocer en función
del principio del interés superior del niño y la socioafectividad en las uniones de hecho
propias, en el ordenamiento jurídico peruano. Los métodos generales que se utilizaron
fueron el método inductivo-deductivo, enfoque cualitativo, siendo su tipo de
investigación la de carácter jurídico social, el nivel de investigación es de tipo
explicativo, de diseño de investigación no experimental y de carácter transversal.
Como conclusión de la presente investigación se ha mencionado lo siguiente: Se ha
determinado que el derecho los padres afines al régimen de visitas debe reconocerse
en función del principio del interés superior del niño y la socioafectividad en las
uniones de hecho propias, en el ordenamiento jurídico peruano.
Sobre este aspecto, es bastante relevante señalar que esta regulación propuesta
contiene un aspecto fundamental que debe señalarse por la trascendencia social que
guarda aparejada, básicamente por el hecho de haber tomado en cuenta elementos
necesarios como la figura jurídica del padre afín y del hijo afín, no regulados
anteriormente en la legislación peruana, de ahí su necesaria taxatividad sugerida.
Por ende, la propuesta presente se adscribe en un mayor reconocimiento y tutela de
los derechos del menor, con la finalidad que puedan tener cada vez una mayor
protección en su desarrollo y bienestar.
Collections
- Derecho [1406]