Proceso inmediato regulado en el Decreto Legislativo n° 1194 y la regulación para los delitos de omisión a la asistencia familiar.
Fecha
2021-11-09Autor(es)
Alvarez Ñaupas, Gustavo Willian
Gomero Rodríguez, Lourdes Eilaine
Metadatos
Mostrar el registro completo del ítemResumen
Hoy en día, en el Perú y a través de las modificaciones operadas al CPP de 2004 por el D. Ley. N° 1194, del 29 de agosto de 2015, se han variado sustancialmente algunos aspectos del proceso inmediato, optando el legislador por imponer la obligatoriedad de la incoación de este proceso especial por el Ministerio Público ante determinados presupuestos de aplicación, introduciéndose y manteniéndose, como es propio de un proceso de esta naturaleza, reglas de procesamiento que no por excepcionales, deben afectar o debilitar irrazonablemente las garantías propias de todo proceso en un Estado democrático de Derecho.
El problema general de la presente es: ¿el proceso inmediato regulado en el Decreto Legislativo Nro. 1194 es la vía procesal adecuada para procesar al delito de omisión a la asistencia familiar?, siendo su objetivo general: determinar si el proceso inmediato regulado en el Decreto Legislativo Nro. 1194 es la vía procesal adecuada para procesar al delito de omisión a la asistencia familiar. La hipótesis general planteada fue que: el proceso inmediato regulado en el Decreto Legislativo Nro. 1194 no es la vía procesal adecuada para regular como flagrancia al delito de omisión a la asistencia familiar, porque no en todos los casos de omisión se evidencia la causa probable, por ende, no es factible que dicho proceso sea la vía idónea para regular este tipo de delitos.
Los métodos generales que se utilizaron fueron el método inductivo-deductivo y análisis-síntesis, siendo su tipo de investigación la de carácter jurídico social, el nivel de investigación es explicativo, de diseño no experimental y transversal.
Como conclusión de la presente investigación se establece que se ha logrado determinar que el proceso inmediato regulado en el Decreto Legislativo Nro. 1194 no es la vía procesal adecuada para regular como flagrancia al delito de omisión a la asistencia familiar, porque no en todos los casos de omisión se evidencia la causa probable, por ende, no es factible que dicho proceso sea la vía idónea para regular este tipo de delitos.
Materias
Colecciones
- Derecho [1451]
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